Estremecedora es la vida en los centros de detención. A la privación de libertad se añaden hacinamiento, miseria y condiciones infrahumanas de vida. Este escenario, habitual para los residentes, los conduce a un estado de degradación donde ya no advierten el entorno miserable, por lo que no les importa reincidir y volver a él. Y así la pena pierde absolutamente su objetivo.
Quince años de desempeño en tribunales con competencia en lo criminal, me han acercado a la realidad que se vive en los recintos penitenciarios de nuestro país. Cada vez que me veo obligada a privar a una persona de su libertad me vienen a la mente las imágenes de las “calles” del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, ex Penitenciaría, atiborradas de seres humanos que sobreviven sólo si se someten al dominio abusivo del más fuerte, quienes, por falta de recursos suficientes que permitan que la autoridad penitenciaria les brinde una mínima protección, quedan abandonados a su suerte.
Como jueza del Crimen, durante la tramitación del proceso tengo la facultad y obligación de supervigilar a los encausados sujetos a prisión preventiva y los visito regularmente en las salas de recibo de los establecimientos penales. También he tenido la oportunidad de hacer un recorrido del recinto del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur por los pasillos de vigilancia del piso superior. Así he podido ver, desde lo alto, a la población penal conversando y caminando en el patio oval, lugar no siempre tranquilo, porque también he presenciado algunas peleas con estoques hechos de fierros de construcción. Desde arriba se divisan además las calles y galerías, repletas de hombres jóvenes, vestidos deportivamente con prendas de colores llamativos. De todas las visitas he salido sobrecogida por la miseria y sintiendo como propia la angustia de tener que sufrir un encierro en esas condiciones.
Diferentes han sido las visitas a las internas del Centro de Cumplimiento Penitenciario Femenino, establecimiento amplio, limpio, ordenado, con una infraestructura adecuada para las necesidades de las residentes. Cuenta con un centro de rehabilitación de drogas, sala cuna, centros de trabajo e incluso con un lugar especial para las visitas conyugales: una acogedora cabaña de madera que da la sensación de hogar.
Me correspondió a principios de este año integrar la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena de la Ley 19.856, cuyo presidente, el ministro de la Iltma. Corte de Apelaciones don Carlos Cerda Fernández, estimó que además de los informes favorables de Gendarmería de Chile, para decidir cada caso era indispensable imponerse de las condiciones de vida de los postulantes. La Comisión sesionó en distintos establecimientos penales ubicados dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago y además se recorrieron las dependencias. Durante las visitas pude observar que los llamados ”módulos” del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur - habitados por personas recluidas por ley de droga y delitos sexuales preferentemente - y el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, donde reside la mayoría de los reclusos que cumplen condena, son en apariencia habitables, no obstante su pobreza, aseo deficiente y estrechez de patios y celdas. Digo aparentemente, porque la inseguridad imperante en las torres de Colina II, producto del déficit de personal de vigilancia, características de construcción y celdas colectivas, dificulta la prevención y control de conductas impropias, luego del encierro. Los restantes establecimientos penales visitados, Anexo Capuchinos, Punta Peuco y Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, son todos modestos; cárceles, aunque de los dos primeros mencionados se diga lo contrario. Son recintos aseados y ordenados y se advierte que sus habitantes están en condiciones muy satisfactorias. A Colina I se accede por mérito, y el ingreso está regulado en relación a la capacidad física del recinto.
Cabe destacar la sacrificada e invaluable labor que desarrolla el personal de Gendarmería, tanto aquellos que se ocupan de la seguridad como los que desarrollan funciones administrativas. Para qué hablar del trabajo de los profesionales y asistentes encargados de educación, salud física y psíquica, y de los tratamientos orientados a la reinserción social de los internos. Una esperanza son los centros de trabajo del Centro de Detención Preventiva Colina I y del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur. Ambos constituyen un modelo a imitar por las futuras cárceles proyectadas, las que por desgracia, también son insuficientes, en cuanto a capacidad, para terminar con las condiciones subhumanas, indignas y degradantes en que se encuentran los reclusos habitantes de calles cerradas del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y celdas de aislamiento de éste y del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina II, que son las que motivaron este artículo.
PELIGRO Y HACINAMIENTO Originalmente la Penitenciaría de Santiago, hoy Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, tenía galerías donde alojaban los reclusos, las que convergían a un patio oval. Pero con el tiempo el enorme incremento de la población penal, para un recinto cada vez más estrecho, sobrepasó las posibilidades de Gendarmería de controlar a los habitantes de dicho sector y se optó por cerrar algunas galerías para proteger a aquellos internos que por rencillas anteriores o por debilidad, eran abusados. Así algunas galerías se transformaron en las llamadas “calles”.
Apenas se abre la puerta de ingreso a las calles, se percibe un hedor insoportable mezcla de humedad, excrementos, sudor, orina, cigarrillo, fritura y yerba mate. Bocanada nauseabunda que traspasa los sentidos e impregna el cuerpo del visitante por horas. Se ingresa a un pasillo angosto en cuyo espacio central existe una canaleta abierta donde fluyen toda clase de residuos líquidos y sólidos, en descomposición, y a cuyos bordes cientos de seres humanos hacinados, comen, cocinan y pasan los días, incluso algunos también las noches, invierno y verano porque no tienen espacio en las celdas.
En cada calle o galería hay 36 celdas, de una superficie de 2 por 2 o 3 por 2 metros cuadrados con una capacidad teórica para dos a cuatro residentes cada una, pero hoy, especialmente las calles 4, 6, 7, 9 y 10, tienen una población que fluctúa entre 300 a 480 internos. Un simple cálculo matemático arroja que cada celda tendría necesariamente que contener a más de 10 reclusos, lo que es físicamente imposible. Las galerías, en cambio, albergan aproximadamente a 180 reclusos, con espacio para vivir sin hacinamiento.
Gendarmería no cuenta con recursos humanos suficientes para establecer un sistema de control y protección de los residentes de calles y galerías. Salvo en casos puntuales de allanamientos masivos en que son apoyados por fuerzas especiales, los funcionarios no ingresan a éstas. Peligra su seguridad.
Un ejemplo de la falta de protección de los internos en estos lugares, es el ingreso de causas del Sexto Juzgado del Crimen de Santiago, en cuyo territorio jurisdiccional estuvo el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, hasta el 15 de junio de 2005. Entre enero y el mes citado, dicho tribunal recibió del establecimiento penitenciario 8 denuncias de muertes, 16 de violación, 34 de lesiones, 5 de abusos sexuales, 3 de secuestro, 1 de cuasidelito de homicidio y 10 por droga.
Si yo revivo la miseria de los habitantes de las calles del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur cada vez que debo ingresar a una persona, otro juez del crimen de esta ciudad rememora la imborrable experiencia que tuvo en una oportunidad, cuando para realizar diligencias de investigación que requerían la presencia del imputado de un delito de hurto en un supermercado, mantuvo su detención y el hombre fue violado.
Indescriptibles son las condiciones de aquellos reclusos que por temor de que atenten contra su vida o integridad física piden que Gendarmería los aísle. Dada la imposibilidad material de brindarles la protección que requieren en algún otro lugar, se les encierra en las celdas de castigo, lugares sin servicios higiénicos, que son verdaderos hornos en verano, porque el pasillo central está cubierto por planchas plásticas, con sólo una pequeña rejilla de ventilación. Las puertas de fierro de cada celda, sólo tienen una mirilla por la que asoman ojos y caras apretadas unas con las otras para mirar quién llega. Al hedor, ya familiar, se suma la humedad.
Para casos puntuales, presumiblemente para evitar suicidios, existe un sistema de protección absolutamente opuesto al relatado, el llamado Servicio de Vigilancia Permanente, que como el nombre del tratamiento lo señala, mantiene a ciertos internos vigilados las 24 horas del día. Ellos carecen absolutamente de privacidad, lo que también a mi juicio es inhumano. Las cárceles de alta seguridad, por su parte, son de una frialdad escalofriante y de una estrechez que aplasta.
DEGRADACIÓN Y EXTREMA POBREZA Las condiciones descritas son profundamente injustas e indignas de un Estado de Derecho. Por una parte, el Estado no está cumpliendo con su obligación de garantizar los derechos fundamentales que a los reclusos como seres humanos les corresponden; se les desprotege. Por otra parte, a la privación de libertad, gravosa per se, sea a título de prisión preventiva o de condena, se está añadiendo la ignominia en que se lleva a cabo. Este escenario, habitual para los residentes, los conduce inexorablemente a un estado de degradación tal, que ya ni siquiera advierten el entorno miserable, por lo que no les importa reincidir y volver a él, lo que conduce a que la pena pierda absolutamente sus finalidades - la ejemplificadora y la primordial - de rehabilitación y reinserción social de quien delinque.
Estimo necesario respaldar lo que he estado exponiendo con los siguientes datos estadísticos: el 90% del total de la población penal masculina urbana ha cometido delitos contra la propiedad, la habitualidad en esta clase de delitos es de un 80%. Asimismo, el 98% de los reclusos en unidades penales pertenece a la clase baja y extrema pobreza, tienen bajísimos niveles educacionales y cada vez son personas más jóvenes.
Incomprendida es la labor del juez, ya que pareciera no atender al clamor ciudadano de someter a todos los que delinquen a prisión preventiva y castigarlos con las penas más altas posibles. Quizás, la comunidad no conoce las condiciones de inseguridad, infrahumanas y degradantes de algunos recintos dentro de los penales, como los descritos, a los que el juez debe enviar a tales personas. Esto le crea un problema de conciencia, ya que constituye una aflicción extra, no contemplada en la ley y mucho más gravosa que la pena en sí.
Al momento de aplicar la pena, el juez no puede dejar de conmoverse, tanto por el daño y sufrimiento causado injustamente a la víctima del delito, como por la aflicción que en representación de la sociedad y por mandato del legislador causará al culpable, al privarle de su libertad, conforme a derecho. Sabiendo además que injustamente la sanción se ve agravada por las inhumanas condiciones en que se ejecutará cada pena, le resulta muy difícil no aplicar, dentro de los márgenes legales, la menor pena posible y ello seguirá ocurriendo, en tanto los sentenciadores no comprueben que las condiciones de la ejecución de las penas son dignas y todos los derechos de los reclusos están garantizados.
La construcción de cárceles suficientes que puedan albergar a todos aquellos seres humanos que habitan las calles del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, es una necesidad imperiosa y urgente. Tengo la esperanza de que las autoridades, conscientes de la situación de abandono en que tenemos a nuestros presos, no se conformarán sólo con aquellas que tienen proyectadas para la Región Metropolitana, las que si bien cumplirán con los requerimientos internacionales y contarán con los medios para brindar a los presos un tratamiento eficiente orientado a la reinserción social, son insuficientes para terminar con el hacinamiento y desprotección actuales.
Me parece de suma importancia que la implementación de nuevas cárceles se realice paralela y conjuntamente con las medidas que se tomen encaminadas al resguardo de los derechos de los ciudadanos que se ven amenazados por las conductas impropias de quienes delinquen, de lo contrario seguiremos formando parte de un Estado que no da cabal cumplimiento a nuestro ordenamiento jurídico, a los tratados internacionales sobre derechos humanos y a nuestra obligación moral con aquellos que no hemos sido capaces de sacar de la extrema pobreza y marginalidad.
“ En esta mansión maldita, donde reina la tristeza, no se castiga el delito, se castiga la pobreza”. Reflexión de un recluso español en 1895.