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Coordinación entre policías y fiscales por Javiera Blanco, Directora Ejecutiva de Fundación Paz Ciudadana, y Cristián Riego, Director ejecutivo del Centro de Estudios de Justicia de las Américas
Diario El Mercurio
Jueves, 1 de diciembre de 2011
Opinión
 
 
Habiéndose cumplido ya más de 10 años desde la implementación del nuevo sistema de enjuiciamiento criminal en nuestro país, es normal esperar que éste comience a evidenciar algunos aspectos débiles que requieren mejoras, no siempre legales, de modo de avanzar aún más en la eficiencia y eficacia del sistema. Entre estos desafíos, y quizás uno de los principales, está el hecho de conseguir que el sistema de justicia penal funcione eficazmente como mecanismo de control, lo que consiste en conseguir que los policías que toman contacto directo con las denuncias y los hechos delictuales, por una parte, y los fiscales que presentan los casos ante los tribunales, por otra, colaboren mutuamente. Esto no es algo fácil de conseguir. Cada una de las instituciones tiene fuertes incentivos por reivindicar su autonomía y poner por delante sus propios objetivos institucionales, los que suelen diferir en muchos aspectos.
 
Recientemente, un grupo de expertos ha presentado al Gobierno un proyecto de ley destinado, entre otras cosas, a resolver algunos problemas de la relación entre policías y fiscales. Creemos que el proyecto acierta al poner su atención en el problema de la relación policías-fiscales, pero nos preocupan algunos aspectos de su contenido y orientación específica.
 
En primer lugar, nos preocupa el hecho de que el proyecto se construye a partir de una validación algo acrítica del punto de vista policial. No cabe duda de que la visión policial es importante y válida, pero también existen otros puntos de vista importantes que es necesario tener en cuenta. La frustración de los policías frente a algunas actitudes de los fiscales, y en general del sistema de justicia penal, merece ser escuchada. Pero también es cierto que existen aspectos del trabajo policial que merecen ser corregidos y que generan frustraciones en los demás actores. La propuesta legal, basada principalmente en la voz de actores ligados al quehacer policial, parcializa sus propuestas, atentando contra la misma iniciativa. Adicionalmente, debe entenderse que gran parte de las problemáticas hoy presentes en esta relación, podrían ser materia de avance en la praxis o en lo operativo, más que rigidizar legalmente la dinámica de las mismas, tal como se explicará en las siguientes líneas.
 
En segundo lugar, el proyecto pretende hacerse cargo de los problemas por el camino de delimitar las responsabilidades entre las dos instituciones, autonomizando la actuación policial en algunas hipótesis. No creemos que este sea un buen camino de solución, porque se consagra legalmente la idea de que el trabajo policial se valida de acuerdo con sus propios parámetros. Esto es, el trabajo policial es efectivo si, de acuerdo con las propias instituciones, los delitos se tienen por esclarecidos. En un sistema de persecución penal eficiente, el trabajo policial solo sirve si es útil para sustentar acusaciones, y debe ser medido de acuerdo con este criterio. No podemos negar que es más complejo hacerlo, pero así también inevitable. Esta propuesta genera el riesgo de que los fiscales tomen distancia del trabajo policial, y asuman una actitud eventualmente crítica o de indiferencia frente a sus resultados en las primeras audiencias, deteriorándose aún más la eficacia de la persecución
 
En tercer lugar, no creemos que la herramienta legislativa sea la más útil para resolver el tipo de problemas que se pretende abordar. La cuestión de la relación entre policías y fiscales sólo se puede resolver apropiadamente en el terreno operativo, sobre la base de generación de confianzas, de alineamiento de incentivos y de una autoridad ejecutiva que promueva la colaboración, y que sobre la base de un manejo muy preciso de la información exija a cada una de las agencias involucradas un cumplimiento eficiente de sus tareas. Para esto no se requiere ley, lo que se requiere es liderazgo político y de voluntades institucionales. La normativa hoy permite a las policías actuar de modo autónomo en las primeras diligencias. Si ello no ha sido suficiente para efectos de resolver ciertas dinámicas o desburocratizaciones que impongan mayor rapidez en ciertas diligencias y tomas de decisiones, ¿por qué creer que la ley, que ya dio muestras de sus limitaciones, pueda resolver el problema? ¿Por qué no más bien pensar en alternativas de gestión y coordinación?
 
Finalmente, consideramos que el proyecto puede ser un primer paso para la discusión, pero es necesario que esta se ilustre no sólo con opiniones personales e institucionales, sino también con evidencia empírica acerca del funcionamiento del sistema. Hoy existe suficiente información específica acerca de los problemas concretos de funcionamiento del sistema de justicia penal, especialmente respecto de algunos delitos de connotación social. Pensamos que este tipo de información debe ser la base principal de cualquier política destinada a resolver los problemas de coordinación que evidentemente existen.
 
En este contexto, entonces, ambas agencias públicas -aunque puedan tener la natural tendencia a no ser receptivas a la crítica y a sostener sus propias rutinas de trabajo, aunque no resulten convenientes para los objetivos del conjunto del sistema- deben dar muestras concretas de estar avanzando hacia una meta común, colaborativamente, cual es incidir directa y objetivamente en la disminución de los índice delictivos, lo que no será posible llevarlo adelante sólo por una de ellas, o con independencia de la otra.
 

Javiera Blanco
Directora Ejecutiva de Fundación Paz Ciudadana
 
Cristián Riego
Director ejecutivo del Centro de Estudios de Justicia de las Américas

 
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