Diario El Mercurio
Martes, 11 de octubre de 2011
Opinión
Durante las primeras décadas del siglo XX Chile tuvo que hacerse cargo de la llamada "cuestión social", lo que generó un cambio institucional de gran relevancia, transformándose nuestro Estado de laissez faire en uno de "compromiso" entre las ideas reformistas del Estado de Bienestar y la mantención de los privilegios de la "canalla dorada" a que se refería Arturo Alessandri. Esta transformación sólo fue posible a costa de convulsiones, golpes de Estado y dictaduras que se sucedieron entre 1924 y 1938. En ese período, la mantención del "orden público" y del control de la opinión y la prensa se transformó en prioridad, sucediéndose diversas leyes y decretos leyes que dieron origen a la Ley de Seguridad Interior del Estado. Entre los fundamentos de dichas normas vale la pena citar los del Decreto Ley Nº 50 de 1932, donde se señala la necesidad de castigar penalmente las manifestaciones públicas contrarias al gobierno, por considerar que ellas eran parte de "movimientos anarquistas" o "terroristas" "encaminados a subvertir el orden público", y que tienen por "objeto la destrucción o perturbación, por medio de la violencia, del orden social actual, realizados contra las instituciones básicas de la sociedad, como son la organización de la familia, la propiedad, la administración de justicia, la educación pública, etc.". El año 1937, esta serie de disposiciones se fusionaba en el primer texto de la Ley de Seguridad Interior del Estado, que castigaba la promoción y realización de huelgas ilegales o de funcionarios públicos y la paralización de medios de locomoción colectiva, comunicación y servicios públicos en general. El año 1948, producto de la Guerra Fría, se incorporó a este cuerpo legal la proscripción del Partido Comunista. Todos estos delitos eran de acción pública y podían perseguirse con la sola denuncia policial. Sólo el año 1958, al finalizar el segundo gobierno de Ibáñez, cuando tuvo que recurrir al apoyo de una alianza denominada "Bloque de Saneamiento Democrático", formada principalmente por los partidos Demócrata Cristiano , Socialista (y el Comunista clandestino), fue posible una reforma radical de la que, bajo el Nº 12.927, pasó a ser la actualmente vigente Ley de Seguridad del Estado. La principal innovación de esta nueva redacción, aparte de restablecer en la legalidad al Partido Comunista, es el carácter político que les asigna a los delitos que contempla, al exigir para su aplicación, en la mayor parte de los casos, denuncia o requerimiento previo del Ministerio del Interior o de los intendentes respectivos, trasladando así al Ejecutivo la responsabilidad política de decidir su aplicación para los casos extremos de alteración al orden público. Ese es el sentido del requerimiento previo que se exige para perseguir criminalmente la incitación, promoción o fomento, o de hecho y por cualquier medio, destruir, inutilizar, paralizar, interrumpir o dañar las instalaciones, los medios o elementos empleados para el funcionamiento de servicios públicos o de utilidad pública, el libre acceso a puentes, calles, caminos u otros bienes de uso público semejantes o impedir el acceso a éstos, y toda interrupción o suspensión colectiva, paro o huelga de los servicios públicos, o de utilidad pública. Luego, si el actual gobierno cree que las manifestaciones estudiantiles y de los funcionarios públicos ponen en tal riesgo el orden y la tranquilidad pública, podría asumir la responsabilidad y el costo político de accionar por la vía de la Ley de Seguridad del Estado. Pero no es este el camino que se ha elegido, sino el de volver a principios del siglo XX y convertir estos hechos en delitos comunes, de manera que baste la denuncia policial para su persecución por el sistema criminal, sin que la responsabilidad política del Gobierno se ponga en juego. Ese es el principal efecto del Mensaje Nº 196-359, popularmente llamado "Ley Antitomas", ingresado con urgencia al Congreso Nacional. Quizás este pequeño repaso a la historia de nuestra legislación permita aquilatar lo que realmente está en juego cuando se transforma un delito político en uno común. Jean Pierre Matus
Profesor Titular de Derecho Penal
Universidad de Chile |