Diario El Mercurio
Jueves, 25 de octubre de 2012
Cartas
El debate sobre la confiabilidad de los resultados del alcotest hizo incurrir a ciertas autoridades en una imprecisión que es importante de aclarar. El jefe de la Prefectura del Tránsito y Carreteras, Víctor Cancino, dijo que el "alcotest es sólo referencial", mientras que el ministro de Transportes señaló que "desde la perspectiva judicial, el alcotest es referencial y lo que vale es la alcoholemia". Finalmente, la directora del Senda, Francisca Florenzano, advirtió que el alcotest cumple una función preventiva. Cada afirmación citada transmite que en una investigación por un delito de conducción de vehículo bajo la influencia del alcohol o en estado de ebriedad, los resultados del alcotest no son concluyentes, y que en verdad el elemento de prueba real sería el resultado de la alcoholemia. Sin embargo, aquello es incorrecto, porque según el artículo 111 de la Ley de Tránsito: "Para la determinación del estado de ebriedad del imputado o del hecho de encontrarse bajo la influencia del alcohol, el tribunal podrá considerar todos los medios de prueba, evaluando especialmente el estado general del imputado en relación con el control de sus sentidos, como también el nivel de alcohol presente en el flujo sanguíneo, que conste en el informe de alcoholemia o en el resultado de la prueba respiratoria que hubiera sido practicada por Carabineros". En términos sencillos, los resultados del alcotest son más que referenciales, pueden constituir un medio de prueba para generar convicción en un juez sobre el estado de ebriedad de una persona. De allí la legítima preocupación del juez Patricio Souza, quien con sus palabras no buscó destruir el alcotest como instrumento de prevención; simplemente, buscó garantizar su carácter probatorio, exigiendo un alto estándar técnico al procedimiento, que genere convicción en quien adopta una decisión judicial que, a veces, se refiere a la libertad de un individuo. Francisco Victorino Castillo Vera
Abogado Profesor de Derecho Penal UNAB |