Diario El Mercurio
Jueves, 2 de agosto de 2012
Cartas Cuatro cartas son suficientes para distraer a sus lectores (de El Mercurio) con un tema como es la figura del oficial de ejecución propuesta en el proyecto de Código Procesal Civil. Sin embargo, quisiera terciar en la discusión con ánimo de poner puntos suspensivos mientras esperamos los resultados del panel de expertos que trabaja en el tema. La postura del profesor Insunza se encuentra avalada por estudios nacionales que parten con un proyecto Fondecyt (Correa, De la Fuente y Peña, No. 94/0154) hace casi dos décadas y culminan con los estudios encargados por el Ministerio de Justicia como apoyo empírico a la labor desarrollada por la comunidad de procesalistas nacionales que ha trabajado arduamente en este y otros temas relacionados con la reforma desde el año 2004. De la lectura de las cartas se desprende que los legítimos temores subjetivos del profesor Baraona tienen que ver con la desconfianza en una actuación ética, profesional y competente del oficial en sede ejecutiva. La experiencia comparada indica que un sistema como el propuesto no descuida la necesaria seguridad y certeza jurídicas y logra que los bienes sean ejecutados de una forma ventajosa, con el menor daño posible para el patrimonio del ejecutado y una mejor y más rápida recuperación del crédito del ejecutante, que es en definitiva lo que pretenden los justiciables en economías de mercado. Desjudicializar los aspectos administrativos de la ejecución, es decir, aquellos que no implican el ejercicio directo de la jurisdicción, es solo una expresión de políticas públicas de racionalización de la intervención judicial, que va mucho más allá de simplemente desatochar los tribunales de justicia y buscan una concreción real de la aspiración de acceso a una justicia de calidad e igual para todos. Nancy de la Fuente Hernández Profesora de Derecho Procesal
Universidad Diego Portales |