Diario El Mercurio
Jueves, 26 de julio de 2012
Cartas Lejos de ser "peligrosa", la intervención del oficial de ejecución en el mencionado proyecto es necesaria y urgente. Poderosas razones estadísticas justifican su participación como un ente distinto al juez en el proceso de ejecución, toda vez que más del 90% de las causas que actualmente se tramitan ante los juzgados civiles son procesos ejecutivos, existiendo un mínimo porcentaje de oposición. Además, la figura del oficial de ejecución fue objeto de una recomendación por parte del Consejo de Ministros de Europa, y ha sido adoptada exitosamente por diversas legislaciones en el mundo. Respecto al temor del señor Baraona a que la labor del oficial de ejecución no esté sujeta a control jurisdiccional, cabe señalar que el proyecto sí establece la intervención del juez, quien -entre otras materias- deberá resolver las oposiciones que se planteen a la ejecución. El Ministerio de Justicia se encuentra actualmente trabajando junto a un panel de expertos compuesto por académicos de diversas universidades, centros de investigación y miembros del Poder Judicial en el Modelo de Oficial de Ejecución, labor que permitirá continuar con la tarea que durante los últimos años han realizado diversos profesores de derecho a fin de lograr el urgente y necesario cambio que requiere nuestro país en materia procesal civil. Matías Insunza Tagle Profesor Asistente de Derecho Procesal
Facultad de Derecho Universidad de Chile |